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Residencia en Costa Rica y obligaciones fiscales en Estados Unidos

5 sept 2025

Costa Rica recibe a un numeroso contingente de ciudadanos estadounidenses jubilados y expatriados. Según el Departamento de Estado de EE. UU., unos 120.000 estadounidenses viven en el país , concentrados principalmente en las regiones de San José, Guanacaste y Puntarenas. El sistema tributario de Estados Unidos se fundamenta en el principio de tributación mundial, por lo que todos sus ciudadanos deben informar al IRS (Departamento de Ingreso en USA) sus ingresos globales sin importar dónde los generen.


Ante el IRS, los ciudadanos estadounidenses residentes en Costa Rica deben presentar cada año su declaración de renta con el Formulario 1040. Los ingresos obtenidos en el extranjero están sujetos al impuesto de EE. UU., aunque pueden aplicarse beneficios especiales. Por ejemplo, pueden solicitar la exclusión de ingresos devengados en el extranjero (Formulario 2555) y el crédito por impuestos extranjeros (Formulario 1116) para compensar los impuestos pagados en Costa Rica. Además, cualquier ciudadano con cuentas bancarias en el exterior que sumen más de $10.000 debe reportarlas en el FBAR (FinCEN Form 114) . Adicionalmente, bajo FATCA deben declararse los activos financieros extranjeros significativos mediante el Formulario 8938 del IRS.


Costa Rica suscribió un Acuerdo Intergubernamental (modelo 1) con EE. UU. para FATCA. Esto significa que las instituciones financieras costarricenses reportan al IRS las cuentas de personas estadounidenses. Por ello, los bancos locales suelen requerir a sus clientes estadounidenses que presenten el Formulario W-9 (autocertificación de estatus fiscal) y, en algunos casos, firmen declaraciones que confirmen su condición de contribuyente norteamericano. Un cliente que no coopere puede ser clasificado como “de alto riesgo” y, de incumplir los requisitos FATCA, la institución estaría obligada a retener hasta un 30% de ciertos pagos de origen estadounidense .


Costa Rica es miembro de la OCDE y adopta estándares internacionales de transparencia (FATCA/CRS). Sin embargo, no existe tratado de doble imposición con Estados Unidos. En la práctica esto quiere decir que cada país aplica sus propias reglas: Costa Rica grava principalmente la renta generada en territorio costarricense, mientras que EE. UU. grava los ingresos mundiales de sus ciudadanos. Aunque no hay convenio bilateral, el sistema fiscal estadounidense permite un crédito por los impuestos sobre la renta efectivamente pagados en Costa Rica , evitando la doble tributación en la mayoría de los casos.


Implicaciones y riesgos del incumplimiento

El incumplimiento de estas obligaciones fiscales acarrea sanciones severas. El no presentar el FBAR o el Formulario 8938 puede resultar en multas iniciales de $10.000 (que aumentan si la declaración sigue retrasada) , y la omisión deliberada puede conllevar penalidades de hasta el 50% del saldo de la cuenta por año. Dado que Costa Rica reporta cuentas de estadounidenses al IRS , el riesgo de detección es alto. Las instituciones financieras locales pueden catalogar a los clientes que no presenten la información requerida como de alto riesgo y retener hasta un 30% de fondos de origen estadounidense. Más allá de multas e intereses, la falta de cumplimiento puede derivar en auditorías exhaustivas, pérdida de beneficios fiscales, dificultades con préstamos internacionales y daños reputacionales tanto para el contribuyente como para sus empresas o socios .

 

Fuentes: Estadísticas de residentes estadounidenses en Costa Rica ; normativas del IRS sobre tributación mundial, exclusión de ingreso extranjero, crédito fiscal, FBAR y FATCA ; reportes de FATCA/CRS en Costa Rica y recomendaciones de cumplimiento fiscal .

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