31 de agosto: lo que toda empresa debe saber sobre este feriado
- EAS LATAM
- hace 11 minutos
- 1 min de lectura

Por Licda. Kimberly Esquivel
Área Laboral | EAS LATAM Group
El 31 de agosto, Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, es un feriado de pago no obligatorio en Costa Rica y se disfruta en su fecha oficial, sin traslado.
Su aplicación depende de la modalidad de pago de cada persona trabajadora:
Salario mensual, quincenal o semanal en actividad comercial: el feriado ya está incluido en el salario. Si se labora ese día, corresponde agregar un salario sencillo adicional.
Salario semanal en actividad no comercial: si no se trabaja, el feriado no se paga; si se trabaja, se remunera con salario sencillo.
Además, ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día, salvo que exista acuerdo para hacerlo.
Conocer estas reglas permite evitar errores en la planilla y garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.
Referencias




Comentarios