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31 de agosto: lo que toda empresa debe saber sobre este feriado

  • EAS LATAM
  • hace 11 minutos
  • 1 min de lectura

Por Licda. Kimberly Esquivel

Área Laboral | EAS LATAM Group


El 31 de agosto, Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, es un feriado de pago no obligatorio en Costa Rica y se disfruta en su fecha oficial, sin traslado.


Su aplicación depende de la modalidad de pago de cada persona trabajadora:


Salario mensual, quincenal o semanal en actividad comercial: el feriado ya está incluido en el salario. Si se labora ese día, corresponde agregar un salario sencillo adicional.

Salario semanal en actividad no comercial: si no se trabaja, el feriado no se paga; si se trabaja, se remunera con salario sencillo.


Además, ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día, salvo que exista acuerdo para hacerlo.


Conocer estas reglas permite evitar errores en la planilla y garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.


Referencias

 
 
 

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