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Pensión y trabajo en el sector privado: qué cambia en planilla, cargas y pagos.

EAS LATAM
hace 40 minutos
2 min de lectura

Por Licda. Kimberly Esquivel

Área Laboral | EAS LATAM Group


Pensionarse por vejez no significa, necesariamente, dejar de trabajar. En el sector privado, una persona puede recibir su pensión del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y continuar laborando para uno o varios patronos.


La pensión sí produce cambios en la planilla, las cargas sociales y el tratamiento tributario. Por eso, antes de modificar la relación laboral conviene revisar qué cambia y qué derechos se mantienen.


¿Tengo que renunciar si me pensiono?


No necesariamente. Si la persona continúa trabajando bajo las mismas condiciones, la relación laboral puede mantenerse y con ella la antigüedad, vacaciones, aguinaldo y demás derechos laborales. Pensionarse no debería llevar automáticamente a una renuncia o liquidación únicamente para modificar la condición de aseguramiento.



¿Qué cambia en la planilla?


Una vez otorgada la pensión, corresponde actualizar la condición del trabajador en planilla. El principal cambio es que deja de cotizar al IVM sobre el salario, tanto en su componente obrero como patronal, mientras se mantienen las demás cargas que correspondan, incluido el Seguro de Salud.


El cambio debe realizarse cuando exista una resolución de la CCSS que confirme la pensión y su fecha efectiva. Una proyección de pensión no es suficiente para modificar anticipadamente la planilla.


Ojo con el impuesto sobre la renta


Este punto requiere especial atención cuando existen varios patronos. La cuota exenta del impuesto sobre salarios se aplica una sola vez. Por ello, los ingresos de diferentes empleadores deben analizarse conjuntamente y la retención debe coordinarse para evitar omisiones o duplicidades.


La incorporación de una pensión también puede modificar el cálculo tributario. El análisis debe considerar el conjunto de ingresos y no cada pago de forma aislada.


¿Qué pasa con el ROP y el FCL?


Una vez aprobada la pensión del régimen básico, puede gestionarse el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) ante la operadora correspondiente, según las modalidades de pago disponibles.


El Fondo de Capitalización Laboral (FCL) funciona diferente: pensionarse no permite automáticamente retirar todo el saldo si la relación laboral continúa. Su disponibilidad dependerá, entre otros supuestos, del cumplimiento del quinquenio o de la terminación de la relación laboral.



No cambie a servicios profesionales solo para bajar cargas


No debería verse únicamente como una forma de reducir cargas. Para sustituir una relación laboral por servicios profesionales debe existir verdadera autonomía y revisarse previamente el efecto laboral, tributario y de seguridad social, además del IVA cuando corresponda.


Pensionarse y continuar trabajando puede ser perfectamente compatible. La clave es coordinar correctamente la pensión, la planilla, las retenciones y los fondos complementarios antes de realizar cambios en la relación laboral.


Referencias

 
 
 

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