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Reservas por Booking, Expedia y otras plataformas: por qué podrían salir más caras

EAS LATAM
hace 1 hora
3 min de lectura

Por MAF. Gabriela Páez

Gerente de Impuestos – EAS LATAM


El turismo enfrenta un colón fuerte, comisiones y costos que estrechan sus márgenes. Como hemos señalado en EAS, el crecimiento turístico no siempre se convierte en rentabilidad. En ese contexto, un mayor desembolso para reservar puede presionar todavía más la demanda.


Qué cambió ahora


La actualización identificada como MH-DGT-OF-0592-2026 amplió de 161 a 181 el listado de proveedores e intermediarios digitales sujetos al mecanismo de percepción del IVA. Según la información publicada por La Nación, incorporó a Booking.com, Expedia y Agoda.com con efectos desde el 8 de setiembre. Se amplía la recaudación de un impuesto existente desde 2020.


En los pagos comprendidos, el emisor de una tarjeta costarricense percibe el 13% sobre el importe bruto. Si la plataforma cobra US$500, el desembolso puede llegar a US$565. Esos US$65 adicionales no aumentan el ingreso del hotel. La expresión “impuestos incluidos” no demuestra que contemple ese cargo bancario.




Por qué esto no salió de la nada


En artículos anteriores, explique la evolución fiscal de las plataformas tipo Airbnb y, posteriormente, el reporte de los operadores de plataformas: la Resolución MH-DGT-RES-0025-2024 incorporó reglas de información basadas en estándares OCDE; la MH-DGT-RES-0004-2026 trasladó el primer plazo de presentación. El obligado a ese reporte es el operador informante, no automáticamente cada alojamiento.


Nuestra alerta de EAS sobre la OCDE aborda otro avance: el 4 de setiembre se publicaron los comentarios recibidos sobre la propuesta de modificar esas reglas internacionales. Ese proceso no crea por sí solo nuevas obligaciones locales ni origina el cargo del 13%. Reportar ingresos y percibir IVA son mecanismos distintos.

Para hoteles y anfitriones, la consecuencia práctica es doble: conciliar lo informado por las plataformas con sus ingresos y revisar cómo se cobra cada reserva.

 

La clave está en quién cobra la reserva


OTA Collects: la plataforma cobra al huésped y líquida al alojamiento. Cuando el pago queda comprendido en el mecanismo bancario, puede aparecer la percepción adicional.

Property Collects: el huésped paga al hotel. Si el cobro se procesa como venta local en su datáfono, reservar mediante Booking o Expedia no activa por sí solo esa percepción. El alojamiento conserva sus obligaciones de facturación e IVA.


El alcance se vincula con tarjetas emitidas en Costa Rica; no implica cobrar automáticamente ese 13% a todo turista extranjero. Puede afectar especialmente al turismo interno y los viajes corporativos. Antes de ofrecer descuentos para compensarlo, conviene medir el margen después de comisiones, impuestos y costos.



Antes de absorber el golpe, revise esto


Si el hospedaje se disfruta íntegramente fuera del país, puede solicitarse la devolución de la percepción indebida, incluso como consumidor final, conservando los comprobantes. Para una empresa, el crédito fiscal exige cumplir los requisitos aplicables; no basta estar inscrita ni corresponde recuperar el mismo impuesto por ambas vías.


Una recaudación bien aplicada debe evitar duplicidades y trámites innecesarios en un sector ya presionado. En EAS LATAM podemos acompañarlo en una revisión puntual de reservas, cargos y respaldos para identificar el tratamiento que corresponde.


Referencias

Dirección General de Tributación. Resolución DGT-R-13-2020 y sus reformas: IVA sobre servicios digitales transfronterizos.

Dirección General de Tributación. Resoluciones MH-DGT-RES-0025-2024 y MH-DGT-RES-0004-2026: intercambio de información de plataformas digitales y traslado del primer plazo.

Villalobos Solís, A. (9 de setiembre de 2026). Usuarios en Costa Rica pagarán más por hospedarse en el exterior. Hacienda promete devolver el IVA, este será el procedimiento. La Nación. Fuente consultada para la actualización MH-DGT-OF-0592-2026; no se tuvo acceso al documento original.

OCDE. (2026). Proposed targeted amendments to the Model Reporting Rules for Digital Platforms to support exchange of tax information. Consulta: 15 de junio–14 de agosto; comentarios publicados el 4 de setiembre.

Páez, G. (28 de enero de 2025). La evolución fiscal en la regulación de las plataformas digitales tipo Airbnb en Costa Rica. EAS LATAM.

Páez, G. (29 de abril de 2026). Plataformas digitales: Hacienda traslada el primer reporte, pero no cambia el fondo de la obligación. EAS LATAM.

EAS LATAM Group. (2026). Alerta en LinkedIn sobre la revisión de las reglas OCDE de reporte para plataformas digitales.

Campos, F. (2026). La decisión de subir precios en dólares en un entorno de colón fuerte; Más de dos millones de turistas a julio de 2026: ¿el crecimiento se está convirtiendo en rentabilidad hotelera? EAS LATAM.


 
 
 

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